Permisos de perforación de pozos

La Ley de Aguas N°276, en su artículo 1°, establece que el agua subterránea es de dominio público y de propiedad nacional. De esta forma, para perforar un pozo y aprovechar el agua subterránea es necesario contar con el permiso y concesión correspondiente.

¿CÓMO SE TRAMITA Y OBTIENE UN PERMISO DE PERFORACIÓN DE AGUA?

Los permisos de perforación deben ser tramitados ante la Dirección de Agua del MINAE. Para esto, se presenta un formulario de solicitud de perforación con la información técnica y legal asociada a la propiedad donde se aprovechará el agua, así como la información del solicitante. 

¿QUÉ ACTIVIDADES REALIZA HIDROAMBIENTE PARA LA OBTENCIÓN DE UN PERMISO DE PERFORACIÓN?

  • Estudios técnicos para la ubicación de puntos de perforación y demanda de agua para su proyecto.

  • Montaje y presentación de los formularios de solicitud.

  • Seguimiento y gestión del trámite hasta su resolución.

  • Supervisión geológica del proceso de perforación.

  • Supervisión y análisis de prueba de bombeo.

  • Muestreo e interpretación de análisis químicos de calidad de agua.

  • Inspección con cámara de video sumergible, para la verificación del armado de los pozos.

  • Elaboración de estudios hidrogeológicos de radio de operación, radio de interferencia, intrusión salina o de disponibilidad de agua en acuíferos con restricción a la perforación.

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